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  • ¿Eres consciente de la sustancial subida de las multas por infracciones en la Ley de Industria?

    ¿Eres consciente de la sustancial subida de las multas por infracciones en la Ley de Industria?

    El pasado 8 de diciembre se publicó en el BOE el “Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España”.

    En el Artículo 2 de este RDL se incorpora una modificación a la Ley de Industria por la que se incrementan los importes de las multas de las infracciones establecidas en la citada Ley.

    A título de ejemplo algunas de las infracciones son:

    • La fabricación, importación, comercialización, venta, transporte, instalación o utilización de productos, aparatos o elementos industriales sin cumplir las normas reglamentarias aplicables, cuando no constituya infracción grave o muy grave.
    • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, de carácter esencial, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados.

    Como vemos son infracciones relativas a la falta de cumplimiento, es decir, nos ubican en el ámbito del Compliance Técnico.

    Retomando el motivo de este artículo que es la modificación de los importes de las sanciones vamos a ver de qué cantidades estamos hablando:

    a) Las infracciones leves pasan de «hasta 3.005,06 euros» a «hasta 60.000 euros«.

    b) Las infracciones graves pasan de «hasta 90.151,82 euros» a «hasta 6.000.000 euros«.

    c) Las infracciones muy graves pasan de «hasta 601.012,10 euros» a «hasta 100.000.000 euros«.

    Sobre estos valores recuerdo que en el preámbulo del RDL 20/2018 se dice que “las cuantías de las sanciones han quedado desfasadas y alejadas de los objetivos que la normativa comunitaria exige”, y ciertamente la actualización ha sido importante.

    Y para que podamos visualizar la magnitud de estos incrementos en términos porcentuales suponen lo siguiente:

    a) Las infracciones leves presentan un leve incremento del 1.897 %.

    b) Las infracciones graves contemplan un incremento del 6.555 %.

    c) Las infracciones muy graves incorporan un incremento substancial del 16.539 %.

    Con esta información sería conveniente que las empresas lo tuviesen en cuenta, revisasen adecuadamente su sistema de compliance técnico y reevalúen los riesgos económicos que pudiesen estar si se encuentran en alguna de las situaciones citadas como infracciones.